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El artículo 1º de la Ley de Accesibilidad de la información en las Páginas Web establece que “el Estado nacional, entiéndanse los tres poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos, empresas prestadoras o contratistas de bienes y servicios, deberán respetar en los diseños de sus páginas web las normas y requisitos sobre accesibilidad de la información que faciliten el acceso a sus contenidos, a todas las personas con discapacidad con el objeto de garantizarles la igualdad real de oportunidades y trato, evitando así todo tipo de discriminación”.
Cada punto de verificación está asignado a uno de los tres niveles de prioridad establecidos por las pautas:
- Prioridad 1: son aquellos puntos que un desarrollador web tiene que cumplir ya que, de lo contrario, ciertos grupos de usuarios no podrían acceder a la información del sitio web.
- Prioridad 2: son aquellos puntos que un desarrollador web debería cumplir ya que, si no fuese así, a ciertos grupos de usuarios les sería muy difícil el acceso a la información.
- Prioridad 3: son aquellos puntos que un desarrollador web debería cumplir ya que, de otra forma, algunos usuarios experimentarían ciertas dificultades para acceder a la información.
En función de estos puntos de verificación se establecen los niveles de conformidad:
- Nivel de conformidad “A”: todos los puntos de verificación de prioridad 1 se satisfacen.
- Nivel de conformidad “Doble A”: todos los puntos de verificación de prioridad 1 y 2 se satisfacen.
- Nivel de conformidad “Triple A”: todos los puntos de verificación de prioridad 1, 2 y 3 se satisfacen.
Estándares de accesibilidad web. Analizamos, recomendamos y aprobamos estándares. Conocé los estándares de accesibilidad web vigentes aprobados mediante la Disposición ONTI N° 6/2019. Septiembre 2019
*Fuente: INADI